Presentación

La Oficina de Investigación Responsable (OIR) nace como respuesta a la creciente normativa que regula el desarrollo de los procedimientos experimentales. El objetivo es doble, ofrecer garantías de que la actividad investigadora se realiza en un marco ético, seguro y legal adecuado y mejorar la calidad de la ciencia realizada en la UMH. Todo ello colaborando de manera integral y permanente con los investigadores.

La Oficina da soporte administrativo al Comité de Ética e Integridad en la Investigación de la Universidad Miguel Hernández. Para su creación se ha tomado como referencia el modelo anglosajón de Research Compliance Office (presente en numerosas universidades americanas, entre las que destacan Harvard, Stanford o Boston).

Por último, y en línea con los requisitos legales actuales, la Oficina de Investigación Responsable vela por que los investigadores tengan acceso a la formación necesaria para cumplir con los requisitos legales y para un desarrollo profesional adecuado dentro de un marco ético y legal cada vez más complejo.

La normativa contenida en diferentes convocatorias de financiación de la investigación exige que los proyectos que impliquen investigación en seres humanos o animales, utilización de muestras biológicas de origen humano, agentes biológicos, o utilicen organismos genéticamente modificados, no sólo cumplan los requisitos establecidos en cada caso por la legislación, sino también que cuenten con la autorización expresa emitida por un Comité de Ética acreditado.

La Universidad Miguel Hernández de Elche (UMH), como organismo público de investigación, consciente de su deber y responsabilidad ante la sociedad constituyó en 2007 la Comisión de Ética en la Investigación Experimental (CEIE) para proporcionar de forma ágil y efectiva respuestas a las necesidades actuales.

En virtud del Acuerdo del Pleno del Consejo de Universidades, en la sesión celebrada el 22 de septiembre de 2011, por el que se establecen directrices para la adaptación de la legislación de prevención de riesgos laborales a la universidad, de promoción y de extensión  de la cultura preventiva a la comunidad universitaria, todo proyecto de investigación requiere para su aprobación y dotación, relacionar en su memoria de presentación la identificación de los peligros para la seguridad y la salud, la gestión de los residuos peligrosos generados, y las medidas preventivas existentes y propuestas para su control, anteponiendo los medios de protección colectiva a la individual.

El 8 de febrero de 2013 se publicó en el BOE el Real Decreto 53/2013, de 1 de febrero, por el que se establecen las normas básicas aplicables para la protección de los animales utilizados en experimentación y otros fines científicos, incluyendo la docencia. Este nuevo Real Decreto sobre experimentación afecta directamente a la forma de funcionamiento de la CEIE ya que, debido al mismo,  los comités de ética de las distintas instituciones pierden la competencia para evaluar y aprobar éticamente proyectos de investigación con animales. Las competencias para evaluar proyectos las asumen, desde Agosto de 2013, los Órganos Habilitados para la Evaluación de Proyectos, que son organismos que dependen directamente de la autoridad competente.

En septiembre de 2013, la CEIE se acreditó cómo Órgano Habilitado para la Evaluación de Proyectos que impliquen el uso de animales, dependiente de la Conselleria de Presidència i Agricultura, Pesca, Alimentació i Aigua.

El 6 de Noviembre de 2013 se disolvió la CEIE y se constituyó el Órgano Evaluador de Proyectos (OEP).

Posteriormente, el 30 de septiembre de 2020, se realizó una nueva modificación en el Reglamento, y el OEP pasó a ser el Comité de Ética e Integridad. El CEII es un órgano de carácter consultivo y asesor al que corresponde:

a) Evaluar los problemas éticos que se planteen en el desarrollo de los proyectos de investigación que se lleven a cabo.

b) Evaluar, asesorar y minimizar los riesgos inherentes a los proyectos de investigación para los seres humanos, los animales o el medio ambiente.

c) Velar por la observancia y cumplimiento de los preceptos que se incluyen en el Código de Buenas Prácticas Científicas (CBPC).

d) Actuar como órgano de arbitraje ante las incertidumbres o conflictos que puedan presentarse en relación con la integridad de la investigación -en este sentido, las decisiones son vinculantes para toda persona que someta sus conflictos al CEII-.

e) Informar y sensibilizar a la comunidad científica de la UMH en relación con los acontecimientos, necesidades y orientaciones relativas a los aspectos éticos y deontológicos de la investigación biomédica.

f) Permanecer atento y receptivo hacia los nuevos problemas relacionados con la integridad de la investigación así como actualizar los contenidos del CBPC.

Serán objeto de evaluación de seguridad todos los proyectos de investigación que se lleven a cabo en la UMH, destacando los proyectos en los que se utilicen organismos modificados genéticamente (microorganismos, plantas o animales) así como agentes biológicos patógenos, teniendo en cuenta en todo esto el riesgo y/o el efecto que estas investigaciones puedan suponer sobre la vida y el medio ambiente.

El CEII tiene su propio Reglamento de funcionamiento, aprobado por Consejo de Gobierno, reunido en sesión de 30 de Octubre de 2013.

Datos de contacto:

Oficina de Investigación Responsable
Vicerrectorado de Investigación
Universidad Miguel Hernández de Elche
Avda. de la Universidad s/n
03202 Elche. Alicante
Telf: 2687 / 965222687
E-mail:
twitter-logop @organoevaluador