Proyectos de investigación
DEBE ACCEDER AL FORMULARIO A TRAVÉS DE SU CUENTA GOUMH.ES
A. PROYECTOS/CONTRATOS/PRESTACIONES QUÉ EVALÚA EL COMITÉ DE ÉTICA E INTEGRIDAD EN LA INVESTIGACIÓN (CEII):
A.1. PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES DE LOS PROYECTOS/CONTRATOS/PRESTACIONES: TODOS
A.2. PROYECTOS/CONTRATOS/PRESTACIONES CON AGENTES BIOLÓGICOS Y ORGANISMOS MODIFICADOS GENÉTICAMENTE: VEA DESCRIPCIÓN
A.3. PROYECTOS/CONTRATOS/PRESTACIONES EN HUMANOS Y MUESTRAS DE ORIGEN HUMANO: VEA DESCRIPCIÓN
A.4. PROYECTOS/CONTRATOS/PRESTACIONES EN ANIMALES: VEA DESCRIPCIÓN
A.1. PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES DE LOS PROYECTOS, CONTRATOS Y PRESTACIONES:
En virtud del Acuerdo del pleno del Consejo de Universidades, en la sesión celebrada el 22 de septiembre de 2011, por el que se establecen directrices para la adaptación de la legislación de prevención de riesgos laborales a la universidad, de promoción y extensión de la cultura preventiva de la comunidad universitaria, todo proyecto de investigación requerirá para su aprobación y dotación, relacionar en su memoria de presentación la identificación de los peligros para la seguridad y la salud, la gestión de los residuos peligrosos generados, y las medidas preventivas existentes y propuestas para su control, anteponiendo los medios de protección colectiva a la individual.
Es más, según este acuerdo, el investigador principal de un proyecto de investigación asumirá la responsabilidad de la aplicación de la prevención riesgos laborales en todas las actividades realizadas por el equipo investigador que lidere.
Por todo lo anterior, el CEII y el Servicio de Prevención de Riesgos deben evaluar los riesgos de todos los:
- Proyectos de investigación
- Contratos
- Prestaciones
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A.2. PROYECTOS/CONTRATOS/PRESTACIONES CON AGENTES BIOLÓGICOS Y ORGANISMOS MODIFICADOS GENÉTICAMENTE:
El CEII es el órgano que evalúa y hace el seguimiento de los aspectos metodológicos, éticos y jurídicos que se plantean en los proyectos de investigación científica y las actividades de docencia que utilicen agentes biológicos u organismos modificados genéticamente.
Funciones:
- Acreditar, en coordinación con el Servicio de Prevención de la UMH:
- la idoneidad de las previsiones sobre bioseguridad y control de posibles riesgos de los proyectos de investigación con OMG y/o agentes biológicos de riesgo para la salud humana, animal y vegetal.
- que esta universidad dispone de las instalaciones de bioseguridad adecuadas para la actividad propuesta.
- Evaluar, a solicitud del PDI, otros aspectos metodológicos, éticos y jurídicos relativos a los proyectos de investigación científica o actividades de docencia con agentes biológicos y/u organismos modificados genéticamente.
- Promover la formación en prevención de riesgos y bioseguridad de las personas que van a investigar con agentes biológicos y OMG.
- Cualesquiera otras que, dentro de su ámbito de actuación, le sean asignadas por el Vicerrectorado de Investigación.
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A.3. PROYECTOS/CONTRATOS/PRESTACIONES EN HUMANOS Y MUESTRAS DE ORIGEN HUMANO:
El CEII es el órgano encargado de evaluar y hacer el seguimiento de los proyectos de investigación científica o actividades de docencia que se lleven a cabo en la UMH y que impliquen:
- Intervenciones en seres humanos.
- Utilización de muestras biológicas de origen humano.
- Utilización de datos de carácter personal.
El CEII lo compone un grupo multidisciplinar que realiza su labor con imparcialidad, independencia, y con escrupuloso respeto por el principio de confidencialidad al que están obligados respecto de los protocolos que evalúan.
Funciones:
- Evaluar los aspectos éticos y jurídicos de todas las investigaciones o proyectos de docencia relacionadas con la salud humana y que impliquen:
- Procedimientos invasivos.
- La donación y utilización de ovocitos, espermatozoides, preembriones, embriones y fetos humanos o de sus células, tejidos u órganos con fines de investigación biomédica y sus posibles aplicaciones clínicas.
- El tratamiento de muestras biológicas.
- El almacenamiento y movimiento de muestras biológicas.
- Los biobancos.
- La realización de análisis genéticos y el tratamiento de datos genéticos de carácter personal.
- La investigación de carácter básico y la clínica, con la excepción en este último caso de los ensayos clínicos con medicamentos y productos sanitarios. Quedan excluidas las implantaciones de órganos, tejidos y células de cualquier origen.
- Evaluar los aspectos éticos y jurídicos de otros proyectos que, sin estudiar directamente la salud humana, manejan datos personales o puedan plantear algún dilema ético. Ejemplo: Estudios de hábitos de consumo
- Realizar los informes pertinentes de la evaluación realizada
- Hacer un seguimiento
- Desarrollar códigos de buenas prácticas
- Facilitar la tarea de los investigadores en el cumplimiento de la normativa vigente
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A.4. PROYECTOS/CONTRATOS/PRESTACIONES EN ANIMALES:
El CEII, con imparcialidad e independencia, evalúa y hace el seguimiento de todos los proyectos de investigación y docencia que requieran el uso de animales para que éstos se lleven a cabo de acuerdo a los principios éticos y normativas legales vigentes.
La misión del CEII es promover el cumplimiento los criterios éticos europeos sobre la protección de los animales vertebrados utilizados con fines experimentales y otros fines científicos que señalan que “el ser humano tiene la obligación moral de respetar a todos los animales y tener debidamente en cuenta sus capacidades de sufrimiento y memoria, porque sabe que las poseen. El ser humano en la búsqueda del conocimiento, la salud y la seguridad tiene necesidad de utilizar animales cuando haya una esperanza razonable de que el resultado redunde en progreso del conocimiento o en beneficio general de las personas o de los animales, por la misma razón que los utiliza para alimento, vestido y carga.”
Todos los proyectos de investigación realizados en la UMH o en colaboración con ella, necesitan un informe favorable del CEII sobre la corrección de sus procedimientos previo a su inicio así como para acceder a las convocatorias de financiación.
Funciones:
- Velar para que todos los procedimientos que implican la utilización de animales en investigación o docencia se realicen conforme a las normas éticas y legales establecidas.
- Evaluar los protocolos y metodología de los procedimientos diseñados por los investigadores
- Proporcionar informes que faciliten la financiación y autorización de los proyectos de investigación o docencia.
Ningún procedimiento podrá iniciarse sin el informe favorable del comité y la aprobación de la Autoridad Competente. - Asesorar sobre la idoneidad de los procedimientos
- Poner a disposición información sobre métodos alternativos, bienestar animal y legislación actualizada
- Facilitar formularios y documentación que simplifiquen los trámites a que obliga la ley
- Agilizar la relación con la Autoridad competente
En la valoración de los procedimientos el CEII estudiará los aspectos metodológicos, éticos y jurídicos incluyendo:
- La idoneidad de:
- El procedimiento en relación con los objetivos del estudio
- Las especies seleccionadas para el procedimiento
- El ajuste de los procedimientos a la memoria presentada
- La realización de los procedimientos con:
- El menor número de animales, posible para alcanzar conclusiones válidas
- Métodos alternativos al uso de animales
- Métodos de limitación del sufrimiento del procedimiento para que los animales no sufran innecesariamente (analgésicos, anestésicos u otros métodos destinados a eliminar al máximo el dolor, el sufrimiento o la angustia).
- Métodos de sacrificio adecuados a la especie animal y al procedimiento que se realice.
- El nivel de formación y grado de experiencia (categoría A,B,C o D) de los participantes en el proyecto para trabajar con animales
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Puede consultar el listado de actividades de investigación/proyectos autorizados por la Oficina de Investigación Responsable en el Repositorio de proyectos autorizados de la UMH (abre en pestaña nueva).