Procedimiento COIR 10. Solicitud de evaluación DNSH y otras consideraciones medioambientales

Para las convocatorias del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR) y otros fondos europeos, según el Reglamento (UE) 2021/241 del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (MRR), el principio DNSH (Do Not Significant Harm) es un criterio obligatorio para cada actuación llevada a cabo en el marco de los fondos Next Generation EU.
El siguiente formulario de autoevaluación servirá de base para verificar el cumplimiento del principio «do not significant harm» para cada uno de los objetivos medioambientales de la UE y otras consideraciones medioambientales relativas al proyecto y sus actividades financiadas. La cumplimentación y envío del mismo no implica su aprobación expresa, sino que dará lugar a la emisión de un informe medioambiental, que podrá ser favorable o no, o requerirse información o condiciones adicionales para su aprobación.