Trabajo Bajo Supervisión (TBS)
En la Orden ECC/566/2015, de 20 de marzo se establece la necesidad de realizar un Trabajo Bajo Supervisión (en adelante, TBS) tras completar los cursos de formación específica para las funciones a, b y c. Una vez el alumno obtiene el diploma del curso y el certificado de superación del TBS debe solicitar el reconocimiento de la capacitación de las funciones cursadas a la Autoridad Competente.
La definición del TBS la encontramos en el artículo 2 apartado g) de la citada Orden: Desarrollo de las funciones en un entorno real de trabajo bajo el seguimiento y control de un profesional competente en las tareas objeto de supervisión, una vez superados los contenidos teórico-prácticos de un curso. Además de la Orden de formación, existe una «Guía para la aplicación de la Orden ECC/566/2015» donde se ahonda en los requisitos de realización del TBS, entre otros aspectos. Puede descargarla aquí: Guía para la aplicación de la Orden ECC/566/2015
La gestión del TBS en la UMH se hace conforme a los preceptos definidos en la Guía SECAL para la Gestión del Trabajo Bajo Supervisión: Enlace a la Guía
Procedimiento para realizar el TBS en la Universidad Miguel Hernández o en el Instituto de Neurociencias:
- El requisito previo para realizar el TBS es, por tanto, haber superado* un curso de formación específica para las funciones a, b y/o c. En la UMH ofertamos un curso que incluye las funciones A+B y otro que incluye las funciones A+B+C. *Nota: Si necesita comenzar el TBS antes de finalizar el curso de formación específica para las funciones a, b y/o c, contacte con la OIR.
- Antes, durante o después de realizar el curso de formación específica, el alumno debe buscar un grupo de investigación donde realizar este trabajo. Si el grupo de investigación pertenece a la UMH o al Instituto de Neurociencias (UMH-CSIC) el alumno debe realizar estos pasos:
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- Cumplimentar el formulario «Solicitud de Tutor» y enviarla por correo interno a la Oficina de Investigación Responsable (OIR). El tutor debe cumplir una serie de requisitos que se recogen en dicho documento. Adjunto a este documento, el alumno debe enviar una copia de la acreditación de categoría o función que capacita al tutor para supervisar este trabajo. Descargue el formulario aquí: Solicitud Tutor_TBS_V3
- La OIR comprueba que se cumplen dichos requisitos y envía a los interesados una hoja de cálculo compartida donde alumno y tutor plantearán el Plan de Trabajo a desarrollar, que posteriormente revisará el examinador.
- Una vez el examinador da el visto bueno al Plan de Trabajo el alumno puede comenzar a realizar las actividades necesarias para conseguir la capacitación de una o más funciones, respetando las horas mínimas de duración indicadas más abajo.
- Ejemplos de actividades para cada función:
- Función a / Cuidado de animales: Genotipado, inmovilización, destetes, cruces, tapones, identificación, sexado…
- Función b / Eutanasia: Eutanasia por distintos métodos, comprobación fehaciente de la muerte, tratamiento o método de eliminación de cadáveres…
- Función c / Realización de procedimiento: Disección, reconocimiento del dolor, administración y toma de muestras, anestesia, cirugía, necropsia…
- Es importante destacar que en las tareas/actividades en las que haya animales implicados y, fruto de las mismas, puedan sufrir alguna alteración de su nivel de su bienestar, el alumno debe comenzar a trabajar con un nivel de supervisión presencial (tipo 4)*. Este nivel puede ir descendiendo conforme aumenten los conocimientos/habilidades del alumno.
- Una vez el alumno ha adquirido los conocimientos/habilidades descritos en el Plan de Trabajo (y antes de terminar los experimentos programados), éste contactará con el examinador para concretar una fecha de evaluación. La evaluación consistirá en supervisar, durante el trascurso habitual de un procedimiento programado, todas o parte de las habilidades/conocimientos adquiridas por el alumno en este periodo (es importante no plantear actividades adicionales para la realización del examen, para cumplir con las 3 Rs).
- Si el alumno supera la evaluación, recibirá un Certificado de Superación del Trabajo Bajo Supervisión.
*Niveles de supervisión:
4: El supervisor está presente cuando se realiza el procedimiento, ofrece una supervisión directa y asesora. Un tutor debe estar presente hasta que el alumno adquiera la destreza necesaria para realizar una técnica con un nivel de supervisión menor, y siempre que esto no suponga un factor de riesgo adicional para el bienestar del animal.
3: El supervisor sabe cuándo se van a realizar los procedimientos y puede intervenir rápidamente si es necesario (es decir, se encuentra cerca del procedimiento).
2: El supervisor sabe cuándo se van a realizar los procedimientos y puede acudir y dar consejos si es necesario (es decir, se encuentra cerca del establecimiento).
1: El supervisor sabe cuándo se van a realizar los procedimientos y está disponible para hablar y dar consejos si es necesario (es decir, por teléfono).
Horas mínimas exigidas para la realización del TBS por función y especie:
Mínimos:
Función a): 20 horas + 5 horas por grupo de especies (mínimo 25 horas).
Función b): 10 horas + 5 horas por grupo de especies (mínimo 15 horas).
Función c): 100 horas + 20 horas por grupo de especies (mínimo 120 horas).
En el caso de que la especie sea primates, el número de horas referidas a este grupo de especies será: 10 horas (a),10 (b) y 40 (c).
Ejemplos:
TBS en roedores:
Función a: Mínimo 25 horas
Función b: Mínimo 15 horas
Función c: Mínimo 120 horas
TBS en roedores y peces:
Función a: Mínimo 30 horas
Función b: Mínimo 20 horas
Función c: Mínimo 140 horas