Investigación con OMGs y agentes biológicos
INFORMACIÓN DE INTERÉS: Riesgo Biológico en actividades de Docencia e Investigación:
El Real Decreto 664/1997 de 12 de mayo, estableció las disposiciones mínimas de prevención y protección en la exposición a riesgos biológicos en el ámbito laboral.
Para comenzar una actividad que implique riesgo biológico se debe seguir el procedimiento descrito en la web del Servicio Prevención de Riesgos Laborales:
NORMATIVA OMGs y Agentes Biológicos
Normativa relevante:
- ADR 2013 – ACUERDO EUROPEO SOBRE TRANSPORTE DE MERCANCIAS PELIGROSAS POR CARRETERA
- REGLAMENTO (CE) No 1946/2003 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO, de 15 de julio de 2003, relativo al movimiento transfronterizo de organismos modificados genéticamente
- Reglamento 1/2005 DEL CONSEJO, de 22 de diciembre de 2004, relativo a la protección de los animales durante el transporte y las operaciones conexas y por el que se modifican las Directivas 64/432/CEE y 93/119/CE y el Reglamento (CE) no 1255/97
- Real Decreto 178/2004, de 30 de enero, por el que se aprueba el Reglamento general para el desarrollo y ejecución de la Ley 9/2003, de 25 de abril, por la que se establece el régimen jurídico de la utilización confinada, libración voluntaria y comercialización de organismos modificados gen éticamente (BOE 27, 31 de enero de 2004, pags. 4171-4216)
- Corrección de errores del Real Decreto 178/2004, de 30 de enero, por el que aprueba el Reglamento General para el desarrollo y ejecución de la Ley 9/2003, por la que se establece el régimen jurídico de la utilización confinada, liberación voluntaria y comercialización de organismos modificados genénticamente (BOE 42, de 18 de febrero de 2004, pag. 7665)
- REGLAMENTO (CE) No 1946/2003 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO, de 15 de julio de 2003,relativo al movimiento transfronterizo de organismos modificados genéticamente
Normativa imprescindible:
- Real Decreto 178/2004, de 30 de enero, por el que se aprueba el Reglamento general para el desarrollo y ejecución de la Ley 9/2003, de 25 de abril, por la que se establece el régimen jurídico de la utilización confinada, liberación voluntaria y comercialización de organismos modificados genéticamente. «BOE» núm. 27, de 31 de enero de 2004. Referencia: BOE-A-2004-1850.
TEXTO CONSOLIDADO (Última modificación: 28 de marzo de 2013) - Ley 9/2003, de 25 de abril, por la que se establece el régimen jurídico de la utilización confinada, liberación voluntaria y comercialización de organismos modificados genéticamente (BOE 100, 26 de abril de 2003, pags. 16214-16223)
- DECISIÓN DE LA COMISIÓN 2000/608/CE, de 27 de septiembre de 2000, referente a las notas de orientación para la evaluación del riesgo descrita en el anexo III de la Directiva 90/219/CEE relativa a la utilización confinada de microorganismos modificados genéticamente
- DIRECTIVA 2000/54/CE DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 18 de septiembre de 2000 sobre la protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a agentes biológicos durante el trabajo (Séptima Directiva específica con arreglo al apartado 1 del artículo 16 de la Directiva 89/391/CEE).
- DIRECTIVA 98/81/CE DEL CONSEJO de 26 de octubre de 1997 por la que se modifica la Directiva 90/219/CEE relativa a la utilización confinada de microorganismos modificados genéticamente
- DIRECTIVA 97/59/CE , de 7 de octubre de 1997
- REAL DECRETO 664/1997, de 12 de mayo, sobre la protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a agentes biológicos durante el trabajo. BOE n. 124, de 24/05/97, pgs. 16100-16111. En la Guía técnica para la evaluación y prevención de los riesgos relacionados con la exposición a agentes biológicos editada por el INSHT se ofrecen recomendaciones y criterios para la aplicación de esta norma. También es interesante consultar la Nota Técnica de Prevención para la notificación de primer uso de agentes biológicos de los grupos 2, 3 ó 4.
- DIRECTIVA 90/679/CEE, de 26 de noviembre de 1990 (Ref. 1990/81895)